El día 13 de diciembre entra en vigor la nueva
legislación de la UE sobre etiquetado (Reglamento 1169/2011), por lo que las empresas del sector de la
alimentación y bebidas en España deberán cambiar sus etiquetas para
hacerlas más comprensibles para los consumidores.
¿Qué cambios se van a producir?
¿Qué cambios se van a producir?
1. Tamaño letra: más grande y legible.
2. Alérgenos: visibles y con una tipografía diferente (color distinto, otro tipo de letra o que aparezca marcado en negrita).
3. Etiquetado nutricional: información sobre energía, grasas saturadas, hidratos de carbono, proteínas, azúcares y sal de manera agrupada y expresada según la porción, que puede ser por 100g o 100mg. También aparecerá la cantidad diaria recomendada que debe consumir de cada alimento, especialmente de vitaminas y minerales.
4. Fechas de congelación y descongelación: para distinguir entre ‘congelado en’, que será obligatorio para carne, productos de pesca no transformados y productos cárnicos, y ‘descongelado’ en aquellos productos que han sido descongelados antes de ponerlos a la venta.
5. Origen de los productos: especificar el origen de los productos, afectando de forma especial a los productos cárnicos. Se especificará también el país de procedencia del ingrediente primario.
2. Alérgenos: visibles y con una tipografía diferente (color distinto, otro tipo de letra o que aparezca marcado en negrita).
3. Etiquetado nutricional: información sobre energía, grasas saturadas, hidratos de carbono, proteínas, azúcares y sal de manera agrupada y expresada según la porción, que puede ser por 100g o 100mg. También aparecerá la cantidad diaria recomendada que debe consumir de cada alimento, especialmente de vitaminas y minerales.
4. Fechas de congelación y descongelación: para distinguir entre ‘congelado en’, que será obligatorio para carne, productos de pesca no transformados y productos cárnicos, y ‘descongelado’ en aquellos productos que han sido descongelados antes de ponerlos a la venta.
5. Origen de los productos: especificar el origen de los productos, afectando de forma especial a los productos cárnicos. Se especificará también el país de procedencia del ingrediente primario.
6. Grasas: obliga a detallar
qué tipo de aceite vegetal contiene: si es de girasol, de oliva o de palma. Ya
no será suficiente con decir que se trata de un aceite vegetal. La presencia de
grasas trans seguirá sin tener que indicarse, a la espera de la resolución en
2016.
7. 'Elaborados a partir de': ahora deberán incluir los aditivos alimentarios, las enzimas y si tienen proteínas añadidas de origen animal diferente.
8. Menciones adicionales obligatorias: es necesario también especificar si el producto ha sido envasado en atmósfera protectora, o si contiene edulcorantes, cafeína, ácido glicirrícico o sal de amonio, fitoesterol, etc.
9. Bebidas alcohólicas: o refrescos con alcohol de más de 1,2 % tendrán que especificar el grado alcohólico.
10. Etiquetado de nanoingredientes: será obligatoria la indicación en la lista de ingredientes de todos los nanomateriales con función de ingredientes, presentes en el producto final, seguidos de la palabra “nano”.

7. 'Elaborados a partir de': ahora deberán incluir los aditivos alimentarios, las enzimas y si tienen proteínas añadidas de origen animal diferente.
8. Menciones adicionales obligatorias: es necesario también especificar si el producto ha sido envasado en atmósfera protectora, o si contiene edulcorantes, cafeína, ácido glicirrícico o sal de amonio, fitoesterol, etc.
9. Bebidas alcohólicas: o refrescos con alcohol de más de 1,2 % tendrán que especificar el grado alcohólico.
10. Etiquetado de nanoingredientes: será obligatoria la indicación en la lista de ingredientes de todos los nanomateriales con función de ingredientes, presentes en el producto final, seguidos de la palabra “nano”.

Fuente para ampliar información.
No hay comentarios:
Publicar un comentario